martes, 12 de abril de 2011

Comunicado del Observatorio Ciudadano de los Derechos de las Mujeres

05 de abril de 2011

Chihuahua, Chih. México


  • Cierra primer trimestre con 108 homicidios dolosos de mujeres en el Estado de Chihuahua

  • ONG´s en Chihuahua reflexionan sobre la conveniencia o no de tipificar el feminicidio

El primer trimestre del 2011 (01 de enero 2011 al 31 de marzo 2011) cerró con 108 feminicidios en el Estado de Chihuahua. De los cuales 72 (66%) ocurrieron en Ciudad Juárez, municipio que continúa encabezando la lista de homicidios dolosos de mujeres. Con el paso del tiempo los asesinatos de mujeres han aumentado y el problema parece no tener fin. Las organizaciones civiles Justicia para Nuestras Hijas y el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM), que en conjunto investigan y litigan casos de feminicidio, consideran importante un análisis pertinente a la propuesta de que se reforme el artículo 126 del Código Penal del Estado de Chihuahua con el fin de tipificar el feminicidio.



Esta iniciativa no garantiza la sanción a los feminicidas y podría abrir la puerta a que algunos de estos crímenes queden en la impunidad en razón de que la incorporación al tipo penal incluye conceptos como: "violencia de género" o “motivos de odio”, conceptos que en la práctica - en el litigio- son sumamente difíciles de acreditar debido al grado de subjetividad que contienen y debido a los prejuicios y estereotipos de género de los operadores del sistema de justicia. Lucha Castro, Coordinadora del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, expresó: “esta tipificación puede ayudar a visibilizar el problema, sin embargo los delitos no deben ser únicamente simbólicos.



Lo más importante, es la implementación de políticas públicas efectivas para prevenir efectivamente los feminicidios.” Hay países como Guatemala y el Salvador en donde aún y cuando se ha tipificado el feminicidio, éste no ha disminuido. Por lo cual lo que se requiere más bien es una propuesta seria, que se cree bajo una ley que abarque la atención integral al feminicidio. En Chihuahua, nos reservamos el derecho de realizar una reflexión y un análisis profundo, sobre cómo y cuál sería el modo adecuado de llegar a la tipificación del feminicido, ya que a diferencia de otros estados, Chihuahua es la única entidad en el país que cuenta con el decreto 790 03 IX y el artículo 126 del Código Penal que otorga una penalidad agravada en el asesinato de cualquier mujer, sin necesidad de demostrar “motivos de odio”.



En otras palabras, basta con que una persona que sea asesinada sea mujer para que la pena sea mayor. Gracias a al artículo 126 del Código Penal, las organizaciones firmantes han logrado obtener sentencias condenatorias con máximas penalidades para asesinos de mujeres, acreditando el delito y mostrando una acta de nacimiento con sexo de la víctima. La penalidad por el homicidio de mujeres en el estado de Chihuahua va de 30 a 60 años. Este avance legislativo que ha permitido sancionar a varios feminicidas debería ser analizado en otros estados, en el marco de la discusión sobre la tipificación del feminicidio.



Para mayor información comunicarse a Justicia para Nuestras Hijas. Tel. +52 (614) 4-13-33-55. www.justiciaparanuestrashijas.org

Twt: @jpnh01investigacion@justiciaparanuestrashijas.org Centro de Derechos Humanos de las Mujeres comunicación@cedehm.org.mx. 01 614 4154152

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